Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de fregaderos de acero inoxidable de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

La Secretaría de Economía publicó el 08 de mayo de 2025 en el Diario Oficial de la Federación  la Resolución citada al rubro, cuya entrada en vigor es al día siguiente de su publicación, como se indica a continuación:

Producto

Fregaderos de acero inoxidable

Fracciones arancelarias

7324.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.

País de origen

China, independientemente del país de procedencia

Tipo de resolución

Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones.

Resolución de la autoridad

  • Se fija como periodo de examen el comprendido del 1 de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de abril de 2020 al 31 de marzo de 2025.
  • Las cuotas compensatorias definitivas a que se refieren los puntos 1 y 2 de la presente Resolución, continuarán vigentes mientras se tramita el presente procedimiento de examen de vigencia, de conformidad con los artículos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70,fracción II y 89 F de la LCE. De igual manera, se podrá garantizar el pago de las cuotas compensatorias definitivas.
  • Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras o cualquier persona que acredite tener interés jurídico en el resultado de este procedimiento de examen de vigencia, contarán con un plazo de 28 días hábiles para acreditar su interés jurídico y presentar la respuesta al formulario de examen de vigencia de cuotas compensatorias establecido para tal efecto, así como los argumentos y las pruebas que consideren convenientes de conformidad con los artículos 6.1 y 11.4 del Acuerdo Antidumping y 3o., último párrafo y 89 F de la LCE.

Antecedentes

D.O.F. 08/05/2015 Resolución final de la investigación antidumping.

D.O.F. 07/06/2021 Resolución final del examen de vigencia.

D.O.F. 30/09/2024 Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias.

La presente  se hace de su conocimiento, con el fin de tomar las acciones necesarias para cumplir con la presente disposición y evitar cualquier eventualidad en el despacho de sus operaciones.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *